En cuanto al sistema de reputación
No puedo afirmar exactamente que tipo de sistema usais, pero creo poder intuir por donde va el tema. Me da la impresión de que usais un sistema basado, digamos que en el nivel de antiguedad o la cantidad de intervenciones en el foro del forero en cuestión. Dependendo de ese nivel de antiguedad o participación el foro, su valoración a la hora de reputar un mensaje tiene más valor o menos valor. Podríamos decir, que por ejemplo un forero con 5000 mensajes en el foro reputa un mensaje, según vuestro sistema de valoración, ese voto tendría un valor de unos "10" puntos en cuanto a reputación, mientras que si lo hace un forero que tenga por ejemplo unos 100 mensajes, ese voto tiene un valor de unos "2" puntos.
Llegados a este punto, es donde empezamos a adentrarnos en un terreno bastante peligroso. Un terreno peligroso porque en el espacio en el que nos interrelacionamos está regido por un sistema de castas, en el que unos son Dioses y otros pertenecen a la casta de los "intocables". Un desequilibrio de poder que desembocan en el abuso de poder de los que lo tienen y la imposibilidad de hacer nada al respecto de los que no lo tienen. Nos encontramos así, ante un sistema feudal e inquisitorial en el que el señor dispone a su antojo de todo y ejerce su voluntad de forma unilateral y despótica sobre los demás, de forma que si alguien osa contradecirle o estar en desacuerdo con lo que el dice o lo que es su voluntad, el facilmente te puede llevar ante "el tribunal de la inquisición y condenarte a arder en la hoguera" (es una metáfora). En cambio, si eres un pobre desafortunado sin poder, no puedes ni toserle. Nos encontramos así ante un sistema basado en un status de poder que irremisiblemente desemboca en la coacción y la represión de lo que son los derechos fundamentales como el de la libertad de expresión, el de la libertad ideológica y el de igualdad, reconocidos en los "derechos humanos" y tambien reconocidos en nuestra constitución del año 1978; ya que los mismos se hallan sometidos a condicionantes que los cohartan, los reprimen y los vulneran de cierta manera. Esto, tratandose de un foro, un lugar natural de expresión de diferentes personas, de diferentes pensamientos y diferentes opiniones, es un hecho especialmente grave.
Constitución Española de 1978
Artículo 14. Derecho a la igualdad
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 20. Derecho a la libertad de expresión
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulara el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3. La Ley regulara la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente publico y garantizara el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen su limite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Artículo 16. Derecho a la libertad ideológica y religiosa
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin mas limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento delorden publico protegido por la Ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Recordemos que es la constitución española
La Constitución es la Norma Fundamental del Estado, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición u acto contrario a la Constitución carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico o sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales y legales.
No se que tipo de asesoramiento legal tendreis aquí en foroalonso.com, pero yo si estuviera en vuestro lugar, me asesoraría legalmente. Podeis haberos adentrado en terrenos delicados.
Si buscais un sistema de reputación acertado, yo sin duda os recomendaría el de http://www.invertia.com. Un sistema basado en las recomendaciones, que es igual para todos, y en donde todos tienen el mismo peso. Todos pueden recomendar una vez un mensaje, y no se puede censurar. A medida que los usuarios van recomendando el mensaje, en la parte superior derecha del mensaje el número de recomendaciones se incrementa. De esta forma el número de recomendaciones, incrementa la popularidad o reputación del forero en cuestión, de forma que cuando se accede a visualizar su perfil, se ve el número de recomendaciones. A parte, tambien se puede elegir a un usuario como favoritos, y al visualizar el perfil de ese usuario, se puede ver cuantos usuarios le han seleccionado como favorito. Esto es lo que establece la buena fama del forero. Tambien se puede se puede ignorar al forero, lo que le da una mala reputación. Es un sistema que está bastante bien. Para que la información no se vea adulterada, se podría requerir que sólo pudieran recomendar, ignorar y elegir como favorito usuarios con un mínimo de 50 mensajes.